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Por Dr. Antonio Rodríguez Carrión.
La violencia hacia la mujer “por su condición de mujer”, también conocida como “violencia de género” o “terrorismo doméstico”, es el crimen encubierto más frecuente en el mundo, como se reconoció en 1.980 por las Naciones Unidas.
En 1.993, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró que la violencia contra las mujeres supone una violación de los derechos humanos, y definió como “Violencia contra la Mujer” a “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad”.
¿Cuáles son las formas más frecuentes de violencia hacia la mujer?
Aunque el acoso sexual y el maltrato psíquico en el trabajo son formas frecuentes de violencia de género, es en el ámbito familiar y doméstico donde las mujeres sufren con mayor frecuencia las agresiones sexuales y los malos tratos físicos y psicológicos.
La violencia doméstica es un problema generalizado, que afecta a una de cada cinco europeas, pero los expertos calculan que sólo se denuncian una de cada 10 agresiones. Esta cifra se reduce aún más en el colectivo de mujeres inmigrantes, que unen a su condición de víctimas la de “irregulares”, lo que les impide solicitar una ayuda que podría salvarles la vida.
¿A qué se debe la violencia de género?
La principal causa radica en la creencia durante muchos años de una supuesta superioridad del hombre sobre la mujer. A ello hay que añadir la creciente igualdad en los derechos y oportunidades de ambos sexos, lo que ha dado lugar a que las mujeres renieguen del sometimiento en que estaban inmersas. Ello origina en los agresores una reacción violenta hacia la mujer al no reconocerles la nueva situación de igualdad.
¿Cómo prevenir la violencia hacia la mujer?
La EDUCACIÓN EN LA IGUALDAD es la principal medida, a través de la familia, la escuela y los medios de comunicación. Así mismo, es muy importante informar sobre qué hacer ante situaciones de malos tratos, mejorar los servicios sociales a las víctimas y la actuación judicial, con programas de acción contra la violencia y de sensibilización de la opinión pública.
¿Qué hacer ante una situación de violencia hacia la mujer?
El “Procedimiento de Coordinación para la Atención a las Mujeres Víctimas de Malos Tratos y Agresiones Sexuales” firmado por varios organismos oficiales de Andalucía el 26 de noviembre de 1.998 recoge los siguientes derechos de las mujeres víctimas de malos tratos o agresión sexual:
- Derecho a recibir la atención necesaria en el menor plazo de tiempo. Desde todos los Servicios Sociales Comunitarios, Sanitarios, Policiales, Judiciales y Servicios de Información a la Mujer se atenderá y se dará la máxima prioridad a los casos de violencia hacia la mujer.
- Derecho a que se preserve en todo momento su intimidad y privacidad.
- Derecho a no verse obligada a repetir el relato de los hechos.
- Derecho a denunciar la agresión a la policía, guardia civil o juzgado. Siempre se dispensará a la mujer denunciante, o persona que en su nombre actúe, un trato especialmente respetuoso y preferente.
- Derecho a recibir copia de la denuncia, parte de lesiones y otros documentos de interés.
- Derecho a que se le eviten desplazamientos innecesarios.
- Derecho a su protección, su seguridad y a ser acompañada cuando sea preciso.
- Derecho a ser informada en cada momento de las actuaciones que se vayan realizando.
- Derecho a ser informada de las acciones legales que puede ejercer y del derecho a la defensa.
- Derecho a ser informada de la existencia de servicios y ayudas para las mujeres que sufren malos tratos.
MUY IMPORTANTE: en el teléfono gratuito 016 se ofrece todo tipo de asesoramiento a la mujer víctima de violencia de género, las 24 horas del día, todos los días del año.