Los medicamentos de dispensación ambulatoria en el hospital, es decir aquellos que «sin tener la calificación de uso hospitalario» solo se dispensan a pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales, quedarán sometidos a partir del 1 de octubre para su dispensación al copago farmacéutico.
http://www.elmundo.es/elmundosalud/2013/09/19/noticias/1379601668.html